manchainformacion.com | Política & Legal 01/02/2021
 
 
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“Es un decreto extraordinario para circunstancias extraordinarias”, apunta el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos

El 31 de enero era una fecha marcada en rojo en el calendario por aquellos inquilinos y propietarios que se encuentran inmersos en una disputa legal por problemas de impago de alquiler. Ese día, el último del primer mes del año, era el fijado por el Gobierno para que venciera la prohibición vigente sobre todo tipo de desahucio sin alternativa habitacional y que además incluía la prohibición en los cortes de suministros de luz, gas o agua en el inmueble en cuestión.

Sin embargo, tal y como sucediera en el mes de septiembre, el Consejo de Ministros ha decidido alargar estas medidas y las ha hecho extensibles durante la vigencia del estado de alarma, que salvo futuras prórrogas estará vigente hasta el 9 de mayo.

El propio ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, José Luis Ábalos, apunta que esta medida “es un decreto extraordinario para circunstancias extraordinarias”, a la vez que recalca que el objetivo no es otro que paralizar aquellos lanzamientos de familias vulnerables y que así sea mientras “no exista la posibilidad de que sean realojados en una vivienda digna”.

La Covid-19 ha aumentado las consultas legales

Una de las consecuencias directas de la pandemia ha sido un aumento en el número de las consultas legales respecto a este tema concreto. Así lo explica el letrado Fernando Castellanos del despacho conquense Castellanos y Asociados, que revela que “en los últimos meses, como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus, las consultas sobre impago de alquileres han ascendido notablemente”.

Además, recalca que esta situación se ha dado especialmente en aquellos arrendamientos de locales donde había negocios, pues para muchas personas o empresarios ha supuesto un auténtico problema el tener que afrontar el pago de una renta sin poder explotar a pleno rendimiento el local por el que están pagando esa cuota mensual, ya sea por los meses estrictos de confinamiento o por las posteriores restricciones sanitarias.

¿Qué consejos habría que tener presentes?

A toda esa gente, Fernando Castellanos les recomienda siempre lo mismo “armarse de paciencia, puesto que a la situación actual “hay que sumarle el colapso de la Justicia que llevamos años arrastrando y que se ha agravado aún más en este 2020”. Es por ello, por lo que el mejor consejo siempre es acudir lo antes posible a un profesional para evitar seguir acumulando deuda, ya que luego es muy difícil recuperar las rentas impagadas”.

De hecho, él revela que uno de los errores más habituales que cometen los propietarios en este tipo de procedimientos es esperar demasiado teniendo la confianza de que el arrendatario les va a empezar a pagar la renta y demás gastos cuando esto es verdaderamente difícil”. Por ello insiste que “requerir el pago y desalojo de la finca lo antes posible es imprescindible, además, para que comiencen a computarse los plazos de enervación del desahucio”, ya que esto, a pesar de la prohibición actual, no es ni mucho menos un proceso inmediato.

El punto de vista de los inquilinos

La visión de los propietarios está clara, así como las opciones que manejan, pero también es importante conocer la situación de los inquilinos en este contexto. A nadie se le escapa, tal y como afirma Fernando Castellanos, que “el Gobierno está aprobando normas que permiten a los arrendatarios, generalmente de vivienda, permanecer en la misma durante más tiempo o fraccionar la deuda, así como diversas ayudas que en la práctica llegan tarde”.

Por ello, él opta por agotar la vía diplomática y tratar de solucionar esta disputa mediante la mediación. “Es importante que el arrendador y el arrendatario se pongan a trabajar sobre la situación contractual cuanto antes para convenir los términos”, explica. Todo ello para zanjar el asunto “o bien con la continuación del contrato y pago de la deuda, o bien abandonando la finca”.



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