Celia Cámara, máxima responsable de la formación en Castilla La Mancha, ha indicado que es urgente que se apruebe la modificación de la Ley 4/2011, de Empleo Público de Castilla-La Mancha, por la que se recoge una mejora en la regulación de las prestaciones de I.T. de los funcionarios de la Junta y que casi iguala a la que tienen los empleados de otras Administraciones, anteproyecto normativo que presentó en marzo de este año el Gobierno Regional y que actualmente se encuentra en un alarmante punto muerto de negociación con las organizaciones sindicales, como consecuencia de la soberbia y falta de talante negociador de los máximos responsables de la Función Pública regional, que incluso han amenazado en varias ocasiones con retirar el citado anteproyecto.
En palabras de Cámara, no es justificable en ningún modo que por la regulación que aprobó el Gobierno de Cospedal en esta materia, empleados públicos que están siendo sometidos a intervenciones quirúrgicas, que son hospitalizados por diversas dolencias o que están siendo tratados de procesos oncológicos, vean mermadas tan sensiblemente sus retribuciones durante el primer mes de la baja, cuando está más que justificada su ausencia al trabajo, lo que está suponiendo que en muchos casos aquéllos se estén operando en el periodo de sus vacaciones o que estén acudiendo a sus centros de trabajo enfermos.
Para UPyD, la regulación actualmente vigente de las prestaciones de Incapacidad Temporal de los funcionarios de la Junta, parte de una criminalización previa de los mismos y únicamente responde a criterios economicistas, no de lucha contra el absentismo laboral, como pretende hacernos ver el Gobierno del PP. Frente a esto, la formación magenta propone la aprobación de un Plan de erradicación del absentismo
en la Administración en el que actúen coordinadamente los médicos de atención primaria, la Inspección Médica del SESCAM y las Jefaturas de personal de las diferentes unidades administrativas.
Por último, UPyD reclama la aplicación retroactiva de la modificación normativa pretendida, de modo que se reintegre las cantidades descontadas a los funcionarios públicos, que hubieran estado en situación de Incapacidad Temporal por enfermedad común, en los que la causa de la misma estuviera médicamente justificada.





































































