La portavoz del equipo de Gobierno, Pruden Medina, ha defendido el voto en contra que mantuvo el Grupo Popular en el pleno ordinario de marzo a la moción presentada por el Grupo Socialista en contra de la reforma de la conocida como ley del aborto. Tal y como defendió en la sesión plenaria, Medina ha asegurado que “el PSOE ofrece una información sesgada” y ha recordado que “el objeto de volver al modelo de 1985 ha sido avalado por varias sentencias del Tribunal Constitucional, algo que no ocurre con la actual ley, que está recurrida y pendiente de sentencia. Además, no existe ninguna legislación internacional que recoja el aborto como un derecho de la mujer, y hay que legislar de acuerdo a la Constitución española”.
Pruden Medina ha rechazado los argumentos del PSOE y ha asegurado que en este anteproyecto se “garantiza el derecho constitucional a la vida desde el momento de la concepción y se protege a la mujer”. Además, ha recordado que el anterior gobierno socialista “aprobó la ley de 2010 sin ningún tipo de consenso y con numerosas discrepancias internas”. Igualmente, la portavoz popular recuerda que la reforma pretende recuperar el espíritu del modelo de 1985, “incorporando dos garantías que gozan de un amplio consenso: el consentimiento paterno para que puedan abortar menores de edad y la despenalización de la mujer en caso de que interrumpan su embarazo fuera de los supuestos previstos. De esta forma, nadie irá a la cárcel por abortar, cosa que sí ocurre ahora”.
Sobre los marcos legales, Pruden Medina ha indicado que la reforma de la ley del aborto “se ajusta a la Constitución, a la doctrina del tribunal de garantías y a los convenios internacionales suscritos por España”. En este sentido, también ha hecho hincapié en el requerimiento de la ONU a cambiar la ley de 2010 ya que, “según la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, no se garantiza el derecho de estas personas en igualdad de condiciones con los demás”. De esta forma, la nueva ley contemplaría las malformaciones en el feto como supuesto para abortar sólo en el caso de que causen un grave peligro para la salud física o psíquica de la madre, con informes médicos que lo ratifiquen.
Por último, la portavoz ha querido dejar claro que “este anteproyecto de ley da cobertura a la sociedad española y respeta los derechos de la mujer. El Tribunal Constitucional establece en varias sentencias que la vida es un bien que hay que proteger, así como la salud e integridad de la mujer. Este sistema protege a uno y a otro, estableciendo un criterio de preferencia, sólo en aquellos casos en los que surge un conflicto entre los derechos del feto y de la mujer”.







































































