La formación magenta señala que según el artículo 176 punto 1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General (LOREG) gozan del derecho de sufragio activo en las elecciones municipales los residentes extranjeros en España cuyos respectivos países permitan el voto a los españoles en dichas elecciones, en los términos de un tratado. Asimismo, gozan de este derecho todas las personas residentes en España que, sin haber adquirido la nacionalidad española tengan la condición de ciudadanos de la Unión Europea o reúnan los requisitos para ser elector exigido en esta Ley para los españoles y hayan manifestado su voluntad de ejercer el derecho de sufragio activo en España.
UPyD lamenta la falta de información por parte del Consistorio. En Villacañas conviven muchas nacionalidades y estos extranjeros deben estar debidamente informados de todos sus derechos y obligaciones, por lo que exige que se inicie inmediatamente una campaña de información en edificios, webs y cuentas de redes sociales municipales y que se informe a las asociaciones para que los residentes extranjeros puedan realizar este trámite.
Para UPyD, una de las fórmulas para crecer como municipio es implicar al residente extranjero en el funcionamiento de nuestras instituciones para que se sientan partícipes de la vida diaria de Villacañas y así poder atraer a más ciudadanos que quieran empadronarse en nuestra ciudad.





































































