El comunicado del Comité de Apelación aclara que » el Tomelloso CF no ha hecho efectivo el importe correspondiente al recibo arbitral, que es objeto de esta controversia y la sanción acordada, no obedece al pago de una cantidad inferior, sino al impago, por cuarta vez, de los honorarios arbitrales.»
Según el mismo, recurren al artículo 118 de los Estatutos que contempla «el impago de los honorarios arbitrales por cuarta vez en una misma temporada es constitutivo de una infracción merecedora de exclusión de la competición y cuando se pudiera acreditar, a posteriori, el abono de los recibos arbitrales, tal y como pretende el Tomelloso C.F, el pago se habría producido fuera de plazo, y en consecuencia no podría rectificarse el acuerdo adoptado.»
Según fuentes internas del Tomelloso CF, el viernes 2 de enero,» habían intentado efectuar el pago del recibo», pero por un «error informático», el ingreso fue de una cantidad bastante inferior a la deuda. En el recurso destacaban que «se abonarían todas las deudas cuando se presentaran las fichas de la nueva plantilla».
El Tomelloso CF aún no se ha manifestado sobre si la opción de apelar al Comité de Disciplina Deportiva de Castilla-La Mancha, para ello tiene un plazo de cinco días hábiles.
































































