La sentencia de 27 de abril, conocida ayer, establece que “no puede acordarse la nulidad de la totalidad de la disposición general combatida sobre la base de la nulidad apreciada de uno de sus preceptos”, refiriéndose a la demarcación de las diferentes zonas de aparcamiento mediante Bando de Alcaldía. Así pues, la delimitación de zonas al efecto del tiempo máximo de aparcamiento fijado en dos horas, deberá acordarse en el primer pleno ordinario tras las elecciones.
Hace aproximadamente un año el TSJ ya había desestimado la petición de medida cautelar consistente en la suspensión de la Zona Azul, solicitada por el concejal Sabariego. En aquella ocasión, el Tribunal sí condenó en costas al recurrente.


































































