CONVOCATORIA DE AYUDAS DIRIGIDAS AL SECTOR DE COMERCIO MINORISTA 2015-2016
Te informamos que la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha ha publicado la convocatoria de ayudas dirigidas al sector de comercio minorista. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el próximo 30 de enero. Con estas ayudas podrás crear páginas web, implantar software de gestión empresarial o lanzar tu franquicia entre otros proyectos.
Procedimiento:
030613 Ayudas destinadas a promover el crecimiento y la consolidación del comercio minorista en Castilla-La Mancha y fomentar la creación, promoción y desarrollo de franquicias regionales.
Plazo de resolución:
2 MESES
Efectos silencio:
Desestimatorio
SKIL ayudas destinadas a promover el crecimiento y la consolidación del comercio minorista en Castilla-La Mancha y fomentar la creación, promoción y desarrollo de franquicias regionales.
Plazo de presentación de solicitudes:
Del Jueves, 31 Dic 2015 al Sábado, 30 Ene 2016
Objeto:
Modernizar y potenciar la actividad comercial minorista de nuestra región, consolidar el tejido empresarial existente, estimular el empleo en el sector e incrementar su competitividad y rentabilidad, a través de la regulación de un conjunto de programas.
Destinatarios:
Las Pymes comerciales que, desarrollando una actividad comercial minorista incluida en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas recogidos en el Anexo de la Orden de 29/05/2015, realicen, al menos, una actuación subvencionable incluida en alguno de los programas relacionados en las letras a), b), c) y e) del artículo 4.1 de la citada Orden. Las asociaciones de comerciantes de zonas comerciales prioritarias, constituidas por Pymes comerciales que desarrollen una actividad comercial minorista incluida en alguno de los epígrafes del Impuesto de Actividades Económicas contemplados en el Anexo de la Orden de 29/05/2015, que soliciten una ayuda para la realización de, al menos, una actuación subvencionable incluida en el programa indicado en la letra d) del artículo 4.1 de la citada Orden.
Requisitos:
Requisitos de los beneficiarios: los establecidos con carácter general y específico en el artículo 7 de la Orden de 29/05/2015 y en la Disposición Cuarta de la Orden de 23/12/ 2015. Requisitos de las actuaciones: los establecidos en el artículo 5 de la Orden de 29/05/2015 y en la Disposición Segunda de la Orden de 23/12/2015.
Importe:
Las cuantías de las ayudas que podrán concederse para cada programa, que vienen recogidas en los artículos 17, 20, 23, 26 y 29 de la Orden de 29/05/2015, no podrán superar los siguientes porcentajes del gasto que se considere subvencionable: a) Para el programa para la implantación de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC): 40%. b) Para el programa para la promoción de la calidad: 70%. c) Para el programa para la promoción del diseño: 50%. d) Para el programa para la promoción de zonas comerciales prioritarias: 50%. e) Para el programa para la creación, promoción y desarrollo de franquicias: 50%. Tasa: 8,58 euros, cuando el solicitante autorice expresamente la emisión del certificado de hallarse al corriente de las obligaciones tributarias con la JCCM. Según lo establecido en la Sección 3ª, artículos 399 y siguientes de la Ley 9/2012, de 29 de noviembre, de Tasas y Precios Públicos de Castilla-La Mancha y otras medidas tributarias.
Criterios:
La concesión se realizará en régimen de concurrencia competitiva y los criterios de valoración serán los establecidos de forma específica para cada programa en el Capítulo II de la en la Orden de 29/05/2015 y en la Disposición Décima de la Orden de 23/12/2015.
Documentación a aportar:
La acreditación del cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario de las ayudas previstas en la Orden de 29/05/2015, se realizará mediante la cumplimentación y de conformidad con el Anexo I que se incorpora a la Orden de 23/12/2015, aportándose la documentación preceptiva que figura en el apartado ¿Documentación¿ de dicho Anexo I.
Lugar de presentación:
Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es). Al presentarse de esta forma, los documentos originales podrán ser digitalizados y presentados junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. No se admitirán a trámite, las solicitudes presentadas por medios distintos al anteriormente señalado.
Información Adicional:
Para cualquier duda o aclaración sobre la solicitud de ayuda: Teléfonos: 925265691-925247648. E-mail: serviciodecomercio@jccm.es