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Alcázar de San Juan

El Ayuntamiento de Alcázar convoca nuevas ayudas para la sustitución de bañeras por plato de ducha en los domicilios

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Clínica Cervantes octubre 25
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El Ayuntamiento de Alcázar de San Juan ha publicado la convocatoria de ayudas económicas para la sustitución de bañeras por plato de ducha en viviendas ubicadas en suelo urbano. El importe destinado a esta convocatoria es de 80.000 euros.

El objetivo de estas ayudas es financiar los gastos derivados de la reforma del cuarto de baño al sustituir la bañera por un plato de ducha. De esta manera se eliminan las barreras arquitectónicas para que las personas beneficiarias puedan acceder a la ducha sin dificultades, evitando caídas y accidentes, además de ahorrar tiempo y energía en la higiene diaria. Cabe considerar que el plato de ducha requiere menos espacio que una bañera tradicional y amplía el tamaño del cuarto de baño.

Podrán solicitar estas ayudas mayores de 75 años, menores de 75 años con reconocimiento de grado de dependencia o personas con reconocimiento de diversidad funcional con un grado de discapacidad superior al 50%.

Requisitos

El uso de la vivienda deber ser residencia habitual y permanente de los propietarios, inquilinos o usufructuarios, los que se acreditará por medio de empadronamiento de al menos un año anterior a la solicitud de las ayudas. Las personas arrendatarias deberán contar con autorización por escrito de la propiedad.

Ingresos anuales brutos de la unidad familiar correspondientes al ejercicio de 2021 inferiores a: a) 15.417€ para familias de 1 miembro. b) 22.694€ para familias de 2 miembros. c) 30.768€ para familias de 3 miembros. d) 36.521€ para familias de 4 miembros. e) 40.808€ para familias de 5 miembros. f) 44.045€ para familias de 6 miembros g) 47.145€ para familias de 7 miembros. h) 50.433€ para familias de 8 miembros.

Cuantía y pago

La cuantía máxima por solicitante será de 1.500 euros. Se considerará presupuesto subvencionable el coste real de la actuación de la reforma del baño, justificando mediante facturas emitidas por la empresa que lo ejecute, desglosado por partidas. Estas subvenciones tienen la condición de justificación previa o post pagable y serán pagadas una vez se haya justificado el gasto realizado con las facturas y demás documentos que justifican la aplicación de los fondos.

El plazo de presentación de las subvenciones será el comprendido entre el día siguiente de la publicación de las Bases en el BOP de la provincia (desde el 4 de abril) hasta el 31 de mayo de 2023.

Las solicitudes se podrán presentar en la oficina del Registro del Ayuntamiento y a través del siguiente enlace: https://lc.cx/3wfF1z

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