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Los agricultores y ganaderos podrán beneficiarse de reducciones significativas en los módulos del IRPF

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El Boletín Oficial del Estado ha publicado hoy una Orden del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se fijan los Índices de Rendimiento Neto en la declaración del IRPF para estimación objetiva (módulos), que recogen las propuestas del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente de reducción de la presión fiscal para agricultores y ganaderos.

El régimen de estimación objetiva agraria, o de módulos del IRPF es el mayoritario entre los agricultores y ganaderos de nuestro país, y es el elegido por más de un millón de declarantes. Las reducciones de módulos aprobadas en la Orden se traducen en una disminución proporcional de la base imponible derivada de los rendimientos de la actividad agraria, y por tanto, del resultado de la declaración del IRPF.

REDUCCIONES PARA LA DECLARACIÓN DE LA RENTA

Las reducciones establecidas con carácter nacional para la declaración de la Renta 2014 de los agricultores y ganaderos, son las siguientes:

– Productos hortícolas (de 0,26 a 0,19)
– Frutos no cítricos (de 0,37 a 0,27)
– Frutos cítricos (de 0,26 a 0,19)
– Flores y plantas ornamentales (de 0,32 a 0,16)
– Patata (de 0,37 a 0,19)
– Bovino de leche (de 0,32 a 0,26)
– Servicios de cría, guarda y engorde de ganado, excepto aves (de 0,56 a 0,49)
– Servicios de cría, guarda y engorde de aves (de 0,42 a 0,37)

En todos estos productos se han producido durante 2014 circunstancias excepcionales, fundamentalmente de mercado, que han modificado la normal relación entre ingresos y costes que reflejan sus índices estructurales.

Además, desde el punto de vista de la incidencia de las adversidades climatológicas sobre las producciones agrarias, la principal característica del año 2014 fue la del efecto de la sequía que afectó a gran parte del país, y especialmente a la zona suroccidental de la Península. La falta de agua perjudicó notablemente a las producciones de secano, dificultó la floración y cuajado del fruto en el olivar, limitó la disponibilidad de pastos en la ganadería extensiva y llegó a secar almendros en algunas zonas del sureste.

En consecuencia se han establecido reducciones en las zonas afectadas de, entre otras, las siguientes producciones:

– Cereales

– Frutos secos

– Productos del olivo

– Apicultura

– Bovino de carne extensivo

– Bovino de cría extensivo

– Ovino y caprino de carne extensivo

-Ovino y caprino de leche extensivo

– Porcino de carne extensivo

– Porcino de cría extensivo

REDUCCIONES PARA ELECTRICIDAD PARA EL RIEGO

La Orden introduce para 2014 y con carácter permanente, un coeficiente corrector que podrán aplicar los agricultores que utilicen electricidad para el riego sobre el rendimiento neto de los cultivos regados, y que supondrá una reducción de un 20% del mismo.

El Gobierno ha adoptado esta medida, junto con la exención parcial del 85% del Impuesto sobre la Electricidad para los regantes, con el objetivo de compensar el efecto sobre los regantes de la subida de las tarifas eléctricas de agosto de 2013.

Con ello se tiene en cuenta que dicha subida tuvo un efecto diferencial sobre la agricultura de regadío con respecto a otros sectores de la economía, al incrementar el coste del término de potencia y, en consecuencia, afectar en mayor medida en las actividades que concentran el consumo en determinadas épocas del año, como es el caso del riego.

Estas medidas tienen un impacto estimado total sobre la agricultura de regadío de entorno a 54 M€, y permiten dar cumplimiento al compromiso del Gobierno al equiparar al colectivo regante con el resto de los sectores económicos en lo que se refiere a impacto de la subida de costes eléctricos.

Finalmente, es destacable que la Orden establece, en su Disposición adicional primera, una reducción de un 5% del rendimiento neto calculado por el método de estimación objetiva para 2014. Se trata de una medida extraordinaria de carácter horizontal que afecta a la totalidad de los agricultores y ganaderos que tributen en estimación objetiva, cuyo efecto es, por tanto, mayor que cualquier reducción de módulos específicos.

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