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La Villa de Don Fadrique

La Villa de Don Fadrique, declarada de emergencia cinegética por la Consejería de Agricultura por la plaga de conejos

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Esta medida excepcional contempla la posibilidad de cazar esta especie con un simple permiso del propietario, sin perjuicio de que puedan tramitarlos a través de las sociedades de cazadores y otras organizaciones.

La delimitación del área de emergencia cinegética temporal se corresponde con aquellos terrenos cinegéticos o no cinegéticos colindantes con infraestructuras viarias de titularidad del Ministerio de Fomento, Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha y ADIF, es decir, junto a las vías del tren, así como las zonas de seguridad de estas infraestructuras, con daños producidos por conejos silvestres, o que estos sean previsibles de forma inmediata.

La publicación de la orden salió publicada en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha el pasado 9 de marzo y puede DESCARGARSE AQUÍ.La presente resolución será de aplicación hasta el 30 de abril de 2016. Sin embargo, ésta podrá quedar suspendida en su conjunto o en parte de los términos municipales citados en dicha orden, previa resolución, en el momento en el que se constate que han desaparecido las causas que han motivado su declaración.

Esta resolución no es una prolongación del periodo hábil de caza, por lo cual, los métodos de captura deben ser suficientemente eficaces para el control de la población de conejos y su aplicación no debe afectar a otras especies de fauna. Por ello sólo se permite la caza de conejos con hurón y capillo o redes sin perro y con escopeta sin perro. Eso sí, en las Zonas de Especial Protección Medioambiental (ZEPA), no se permitirá la caza con escopeta.

El titular de las zonas de seguridad, el titular cinegético y el titular de los terrenos, en su caso; velarán especialmente en que la presión cinegética sea la adecuada para el control de las poblaciones cinegéticas de conejo y no se perjudique al resto de las especies silvestres, lo cual indica que el permiso de caza podrá ser atendido desde el titular del coto hasta el titular de los terrenos, pero siempre dentro de la legislación vigente y con sus correspondientes permisos legales.

Por último, sólo se contempla un máximo de cuatro cazadores por cuadrilla, y las operaciones de control de daños se realizarán en el interior de los cultivos afectados y en las zonas de seguridad en un área que ocupe una anchura no superior a 300 metros de estos.

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