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Castilla-La Mancha

PSOE y PP aprobarán en el pleno de las Cortes suprimir la limitación de dos mandatos del presidente de CLM

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De esta forma, quedará la puerta abierta para que García-Page pueda afrontar un tercer mandato tras la presente legislatura

Los grupos parlamentarios de PSOE y PP han presentado una Proposición de Ley que se debatirá el próximo lunes para modificar la ley del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha de manera que la limitación de mandatos del presidente de la Junta será la que establezca la Constitución Española para los Presidentes de las comunidades autónomas o las leyes del Estado que resulten aplicables.

De esta forma, se elimina el artículo de la ley que reza que «no podrá ser elegido presidente de la Junta quien ya hubiese ostentado este cargo durante al menos ocho años, salvo que hayan pasado cuatro años desde la terminación de su mandato».

En la propuesta, publicada en el Boletín de las Cortes y recogida por Europa Press, explican PP y PSOE que el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha establece en su artículo 13 que una Ley del Gobierno y del Consejo Consultivo incluirán la regulación de la limitación de mandatos del presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, no especificando los términos de la misma, «dando por tanto un amplio margen para que se pueda concretar o desarrollar el mandato estatutario».

Argumentan que las limitaciones de mandatos no tienen referente en la legislación de los regímenes parlamentarios occidentales por las propias características de éstos, como tampoco en la legislación española, ya sea ésta la propia Constitución, la Ley Orgánica de Régimen Electoral General, la legislación básica de Régimen Local o los diferentes Estatutos de Autonomía.

Añaden ‘populares’ y socialistas que diferentes informes jurídicos, además, «advierten de que esta limitación, al no estar regulada constitucionalmente, puede cercenar o vulnerar derechos de ciudadanía al constituir una causa de inelegibilidad, que debería contemplarse expresamente y de forma general en la propia Constitución Española al afectar a los derechos fundamentales que de las personas como es el propio derecho al sufragio pasivo de los españoles que nuestra Carta Magna consagra».

«Es obvio que un mandato de estas características debe tener la necesaria cobertura constitucional, pues sólo de esta norma puede partir la legítima existencia de restricciones a los derechos fundamentales que en ella se consagran», añade el texto presentado.

Por ello, si se aprueba la propuesta, las Cortes entenderán «la necesidad de encuadrar las limitaciones del derecho fundamental al sufragio pasivo en un debate general y nacional que ordene, coordine e incluso de cobertura constitucional al mismo, a las limitaciones a los mandatos de los presidentes y demás miembros del gobierno nacional o autonómicos».

En concreto, si la propuesta sale adelante en el pleno del próximo lunes, la limitación de mandatos del presidente de la Junta será la que establezca la Constitución Española o las leyes del Estado que resulten aplicables.

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