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El TSJ-CLM anula los puestos de ‘asesores’ creados en 2011 por el ayuntamiento de Valdepeñas

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El TSJ CLM ha anulado la modificación de la Relación de Puestos de Trabajo aprobada en 2011 por Ayuntamiento de Valdepeñas y ordena el cese de los ‘asesores’ nombrados a raíz de aquella modificación.

El TSJ CLM resuelve así el recurso interpuesto por CCOO contra la citada modificación de la RPT municipal, mediante la que el equipo de gobierno local de Valdepeñas amortizó siete puestos de trabajo cubiertos por personal eventual; y los volvió a crear reservándolos para ‘asesores’.

Los puestos afectados por esta modificación fueron los de Gerente de Urbanismo, Jefe de Gabinete de Prensa, Secretario de la Alcaldía, Responsable de Suministros, Inspector de Obras, Auxiliar Administrativo y Consejera del Ciudadano. Sólo cuatro de ellos están actualmente ocupados por ‘asesores’, que deberán ser cesados en cumplimiento de la sentencia del TSJ CLM, contra la que no procede recurso ordinario.

El Tribunal indica que la supresión y recreación de aquellas siete plazas se realizó sin la preceptiva negociación previa con los representantes sindicales; sin motivación objetiva y razonada; y sin detallar contenido alguno de las funciones concretas de cada puesto.

Con ello, se vulneró tanto el Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley de Empleo Público de CLM como el Acuerdo Marco y el Convenio Colectivo del Ayuntamiento de Valdepeñas; al reservarse para personas de libre designación plazas permanentes de la estructura administrativa municipal, que debieron crearse para ser cubiertas por empleados públicos, mediante el pertinente proceso de selección y bajo las condiciones de igualdad, mérito y capacidad.

En consecuencia, el TSJ CLM anula la modificación de RPT de 2011 y los nombramientos derivados de aquel acto, y ordena expresamente “el cese de las personas” que ocupan las plazas de asesores creadas entonces.

Aunque la sentencia es firme y no admite “recurso ordinario alguno”, el equipo de gobierno del Ayuntamiento de Valdepeñas ha anunciado su intención de acudir en amparo ante el Constitucional; en un intento de posponer todo lo posible el cese de los cuatro asesores afectados.

Alega el Ayuntamiento que a estas personas no se les dio en su día la posibilidad de personarse en el procedimiento judicial; una alegación sorprendente porque la obligación de notificar a los interesados su derecho a personarse le correspondía al mismo Ayuntamiento.

El hecho es en cualquier caso irrelevante: la propia sentencia del TSJ salva ese supuesto defecto procesal cuando declara que las personas que pudieran haber estado interesadas en el recurso (los cuatro asesores), ya tuvieron conocimiento de él al ser llamados como testigos por la representación letrada del Ayuntamiento de Valdepeñas.

La FSC-CCOO de Ciudad Real insta el cumplimiento de la sentencia en sus propios términos y sin demora.

Asimismo, “valora muy positivamente esta sentencia, cuyo sentido y cuyos fundamentos jurídicos coinciden con las dos Sentencias que también declaran nulos de pleno derecho los puestos de trabajo de 14 Asesores de la Presidencia de la Diputación Provincial de Ciudad Real”, resalta el responsable provincial de la FSC-CCOO, Alfonso Tercero.

“La creación en las administraciones públicas de puestos de ‘asesores’ con cometidos que no son excluidamente de confianza política, sino que asumen funciones normales de la Administración Pública, de carácter permanente y propias de verdaderos empleados públicos, han sido declaradas de nuevo nulas de pleno derecho”, señala Tercero, que recuerda que “tales nombramientos de Asesores pueden ser impugnados en los Juzgados de lo Contencioso Administrativo en cualquier momento” según dice la ley; es decir, que tales denuncias sobre estos puestos de trabajo no están sometidas a plazo alguno de reclamación”.

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