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Alcázar de San Juan

El juez dice que «no ha lugar a la medida cautelar» pedida por el PSOE para suspender el proceso de Aguas

manchainformacion.com | P. Atienza

MMC Junio 2026CIRN ALCÁZAR
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El juez recuerda que hasta la fecha, tanto el PSOE como la Plataforma contra la privatización del agua, han presentado tres recursos contenciosos-administrativos con el mismo objetivo de suspender ese procedimiento para el cambio de modelo de gestión pasando de una empresa pública a una mixta público-privada. La solicitud de medidas cautelares en todos estos casos se ha hecho “impugnando diversos actos del Ayuntamiento tendentes a cambiar la gestión del servicio de Aguas”.

En este Auto, en el que se recogen la exposición de motivos de la parte demandante y de la parte demandada, también se recuerda que, aunque recayó auto de medidas cautelares en el primer recurso contencioso-administrativo, fueron denegadas después atendiendo a los argumentos aportados por el Ayuntamiento, entre otros, que la empresa municipal de Aguas de Alcázar “se encuentra en causa legal de disolución, por imperativo de la legislación mercantil que le es aplicable”. En el segundo caso también fue denegada.

En este tercer caso, la parte demandante aduce “como argumento principal para que se acuerde la suspensión del proceso de adjudicación, los cuantiosos gastos que va a tener que soportar el Ayuntamiento en el caso de una sentencia estimatoria del recurso, porque para cumplir la misma, es imprescindible anular la adjudicación y con ello resarcir al adjudicatario de todos los gastos realizados”. Para mayor detalle acompañan un desglose de esos gastos que calculan en unos 24 millones de euros. El juez dice que “no podrían compartirse porque en varios casos son devoluciones y devolver no implica ningún gasto, sino reintegrar lo que antes se percibió”.

Además atendiendo a los informes presentados, “se pone de manifiesto que sin la aportación de capital privado, la empresa se encuentra ahogada financieramente, sin disposición de fondos para hacer frente a los gastos” diversos que conlleva. Por eso el juez añade que “en un Auto de medida cautelar, no parece prudente abortar toda esta operación, dados los graves perjuicios que podría llevar para el servicio de aguas del municipio, superiores desde luego a los esgrimidos por la parte actora”.

Contra este Auto cabe recurso de Apelación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de Castilla-La Mancha en Albacete.

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