La sentencia del TSJCLM, correspondiente al auto 434/12, al que se sumó el 432/12 registrado por el sindicato STAS CLM, declara nulas de pleno derecho las disposiciones de la Administración regional recurridas “por mediar vulneración del artículo 28.1 de la Constitución”, algo que supone un serio correctivo al Gobierno regional “que no muestra ningún respeto por los representantes sindicales y por las mesas de negociación con la parte social”, según la Secretaria General de FSP UGT CLM, Carmen Campoy.
En su fundamento de derecho noveno, la sentencia recoge textualmente: “siendo exigible la negociación colectiva … el derecho de los sindicatos a la negociación no se satisface sin más con la apertura del proceso negociador y con la celebración de reuniones carentes de contenido real, ni se puede negar, obstaculizar o desvirtuar el ejercicio de dicha facultad negociadora, según palabras del Tribunal Constitucional”.
Para Campoy, el TSJ CLM “vuelve a dar la razón a FSP UGT CLM en un proceso en el que el Gobierno del PP pretendía imponer medidas lesivas contra los derechos de los empleados públicos”, al tiempo que pone en evidencia “la falta de respeto de los gobernantes del Partido Popular hacia los representantes legales de los servidores
públicos, elegidos democráticamente en elecciones sindicales”.