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Alcázar de San Juan

La Confederación del Guadiana estima un recurso de Cobo Serrano Abogados, restableciendo los derechos de agua de un propietario privado

manchainformacion.com

CIRN ALCÁZARMMC Junio 2026
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El Despacho Cobo Serrano Abogados de Alcázar de San Juan, especializado en Derecho de Aguas y Medioambiental, ha vuelto a ganar un recurso de especial trascendencia económica para los agricultores a la Confederación Hidrográfica del Guadiana, tras estimarse por parte de este organismo el recurso de Cobo Serrano contra la modificación de características de un aprovechamiento de aguas privadas.

Los hechos ocurrieron en septiembre de 2011, cuando la Confederación, con ocasión del traslado de datos y actualización del Registro Informático de dicha propiedad privada de derechos de agua, registró en su Catálogo una modificación inferior a la inscrita en 1994, basándose en el uso de agua de los datos de campo obtenidos en septiembre de 2011, tras una visita a la explotación. De este modo, el propietario perdía y reducía sustancialmente el número de hectáreas con derecho a riego, pasando de 20 hectáreas (que constaban inscritas en 1994) a 15,84 hectáreas.

“Como está ocurriendo más frecuentemente de lo deseado al informatizar los datos”, señalaba Teresa Reíllo, abogada experta en Derecho de Aguas del Despacho Cobo Serrano, la Confederación Hidrográfica del Guadiana en su obligación de regular el uso del agua, en este caso, “rectificó proporcionalmente volúmenes y caudales e impuso asimismo un perímetro de riego concreto, fuera del cual, no era posible regar, pese a que la inscripción original no delimitaba perímetro alguno”.

Por tanto, dicha resolución de la Confederación, que reducía el derecho a riego, fue recurrida por el Despacho Cobo Serrano Abogados, mediante reposición, al considerar que se estaba realizando una limitación de derechos no prevista legalmente en clara contradicción con el título originario, y por tanto, fuera de toda cobertura legal.

Un pleito corto

En un período de tiempo, no excesivamente largo y gracias a la especialización del Despacho en el complejo mundo del Derecho de Aguas, la Confederación Hidrográfica del Guadiana, en reciente resolución de enero de 2014, ha estimado el recurso interpuesto, estableciendo que efectivamente el régimen y características de cada aprovechamiento será el que se reconoció en su día por la correspondiente resolución de inscripción en el Registro o Catálogo de Aguas Privadas, reponiendo los derechos a su estado originario, esto es, confirma las 20 hectáreas y los volúmenes y caudales inicialmente inscritos y anula el perímetro de riego impuesto, siendo el recurrente libre de destinar el aprovechamiento a la superficie que más le convenga, siempre y cuando no supere las 20 hectáreas fijadas ni el volumen máximo establecido en su título.

La citada resolución administrativa crea un precedente para el resto de agricultores que en el traslado de datos al Registro Informático hayan visto modificados sus aprovechamientos.

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