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La OMIC de Daimiel advierte sobre las estafas en las inspecciones sorpresa de la instalación de gas butano

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La Oficina de Información al Consumidor recordó las pautas a tener en cuenta en ofrecimientos de contratos de mantenimiento a domicilio. La concejal de Consumo, Prado García-Carpintero, explicó que existen 14 días naturales inmediatos a la firma del documento para desistir al respecto y que la ley prohíbe la comercialización puesta a puerta a consumidores domésticos.

La Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) ha alertado sobre inspecciones sorpresa de la instalación de gas butano que persiguen otro objetivo: firmar contratos de mantenimiento a domicilio. Un hecho que desde el 6 de octubre de 2018 la ley prohíbe impidiendo la comercialización puerta a puerta a los consumidores domésticos. A este respecto se ha referido en rueda de prensa la concejala de Consumo, Prado García-Carpintero, quien explicó las pautas a seguir una vez firmado el contrato de mantenimiento para poder recuperar el dinero entregado.

El documento suscrito contempla el desistimiento del contrato, ya que se trata de un derecho del consumidor, por lo que se dispone de 14 días naturales, inmediatos a la firma del escrito, para realizar el trámite y renunciar al servicio. Es importante tener en cuenta los plazos, puesto que, una vez cumplidos esos días, se perdería el derecho a desistir, como comentaba García-Carpintero.

En caso de tener alguna duda, desde la Oficina al Consumidor de calle General Espartero, se proporcionará la orientación necesaria para actuar en dichos procedimientos. La concejal recalcó otra circunstancia adyacente a esta situación: “No se debe dejar entrar a ningún desconocido al domicilio”.

Junto a la edil, la técnico de Consumo, Gema Valiente, señaló que «no es obligatorio tener un contrato de mantenimiento, sólo es necesario realizar una revisión cada cinco años». Un reconocimiento que deberá realizarlo un instalador acreditado y autorizado por la distribuidora. La inspección requiere de aviso previo y no se cobrará en efectivo, ya que aparecerá cargado en el importe de la factura.

Valiente también recordó que las gomas llevan impresa la fecha de caducidad, que los reguladores no caducan, y que no es necesario cambiarlos si funcionan bien, por lo que será el propio titular o usuario el que se encargue de velar por su mantenimiento, según lo regula el Real Decreto. En este sentido, la especialista en asuntos de consumo advertía que en este tipo de revisiones se pueden utilizar otros elementos, como las alcachofas, para timar al usuario.

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