Por todo ello es necesario, que cualquier persona o colectivo que con motivo de estas celebraciones pretenda hacer una hoguera, debe ser escrupuloso en obedecer las siguientes normas:
1. Queda prohibido cualquier hoguera en la que como mínimo esté una persona mayor de edad que se responsabilice de la seguridad de la misma, controlando y haciéndose cargo de los daños que se pudieran ocasionar.
2. Queda totalmente prohibido la realización de hogueras en calzadas de aglomerado asfáltico, por el daño que el calor produce a este tipo de pavimento.
3. Queda totalmente prohibido la realización de hogueras cuando por la proximidad de edificios, báculos de alumbrado, mobiliario urbano, vehículos, árboles, jardines, cables eléctrico o cualquier otro bien público o privado, exista riesgo de resultar dañados.
4. Se deberá limitar el perímetro y cantidad de la madera o elementos de combustión, para que en caso de peligro pueda ser inmediatamente controlado por los servicios de extinción de incendios.
La Policía Local se encuentra facultada para denunciar cualquier irregularidad, y en el caso necesario requerir a los servicios municipales que sean necesarios para proceder a la retirada de materiales de combustión o extinción de la hoguera, que no cumpla con las normas.
El Ayuntamiento de Alcázar de San Juan ha limpiado y habilitado una zona para las hogueras que se encuentra ubicada en una parcela en la Avenida de Pablo Iglesias (parcela de la derecha según sentido salida de la ciudad)