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Castilla-La Mancha

Condenan a 38 años de cárcel al acusado del doble asesinato de El Casar de Escalona en 2012

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En concreto, según la sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, el tribunal toledano condena a J.M.M. a 18 años de prisión por el asesinato de D.F.V. y a 19 años por el de M.A.C.J. Además, condena al procesado a un año más por el delito de tenencia ilícita de armas.

El pasado 13 de febrero, tras siete jornadas de juicio, el jurado popular –compuesto por siete hombres y cuatro mujeres– declaraba al acusado culpable de las muertes de las dos víctimas, y afirmaba que se habían producido «eliminando cualquier posibilidad de defensa» en ambos casos.

HECHOS PROBADOS

La Audiencia Provincial considera como hechos probados que en la tarde del 29 de abril de 2012, J.M.M. –conocido como ‘El Comanche’ en la localidad toledana– se dirigió en su coche a la casa de D.F.V., donde se puso a realizar actos de derrape «a modo provocativo» como consecuencia de la disputa que desde hacía días mantenían por la sustracción de una motocicleta propiedad del acusado, que este atribuía a la víctima.

Ante lo ocurrido, D.F.V., que se encontraba en su casa con una intoxicación etílica, se dirigió al chiringuito ‘La Chopera’, que regentaba en dicha localidad J.M.M., para pedirle explicaciones o «retar» a acusado. «Y al aproximarse D.F.V. a J.M.M., éste –a una distancia aproximada de 6 u 8 metros– le disparó dos tiros con una escopeta de su propiedad marca ‘Lamber’ de cañones superpuestos y del calibre 12».

Según el Tribunal, el primero de los disparos alcanzó a D.F.V. en el pecho y el segundo en el costado antes de caer al suelo, «falleciendo en el acto a consecuencia de los disparos».

SIGUIÓ A SU CUÑADO

Seguidamente, la sentencia apunta que J.M.M. abandonó el lugar de los hechos en su coche portando la escopeta y un revólver del calibre 38 marca ‘Tanque’, también de su propiedad, cruzándose en el camino que conduce de ‘La Chopera’ al pueblo con M.A.C.J., quien siguió a su cuñado D.F.V. para evitar cualquier enfrentamiento con el ahora condenado.

Así, relata la Audiencia Provincial de Toledo, al llegar a la altura de M.A.C.J. el procesado detuvo el coche en la mitad del camino y descendió del vehículo armado con la escopeta y el revolver, ante lo que la segunda víctima trató de huir.

«No obstante de lo cual J.M.M. disparó a M.A.C.J. con la escopeta ‘Lamber’, hiriéndole en la cabeza y en el torso, tras lo que calló al suelo donde le disparó varios tiros con el revolver que impactaron en la cabeza y el cuerpo provocándole la muerte instantánea», apunta el Tribunal.

SIN POSIBILIDAD DE DEFENSA

Para el Tribunal toledano, J.M.M. actuó en ambos casos «con medios y modos que directamente tendieron a asegurar los delitos sin riesgo para su persona que pudieran proceder a la defensa de los defendidos». «A continuación huyó a pie del lugar, fugándose del pueblo y situándose en paradero desconocido cuatro años hasta que en agosto de 2016 fue detenido en Madrid», añade la Audiencia Provincial.

Finalmente, indica que el acusado estaba en posesión de un arma corta de fuego –un revólver del calibre 38 en perfecto funcionamiento–, «sin licencia para tener armas en permiso para usarlas».

La Audiencia Provincia de Toledo también prohíbe a J.M.M. residir donde se hallen las familias de D.F.V. y M.A.C.J., así como aproximarse a los mismos y comunicarse con ellos por cualquier medio durante 40 años.

INDEMNIZACIONES

Del mismo modo, deberá indemnizar a R.J.C. por la muerte de su hijo M.A.C.J. en 160.000 euros, así como en 45.000 euros para cada una de las hijas menores de edad de D.F.V. y en 12.500 euros para cada uno de los padres de esta última víctima.

Por último, el Tribunal absuelve a M.C.M.S. y a F.S.S., quienes se sentaron también en el banquillo de los acusados varios días en este juicio, de un delito de encubrimiento al haber retirado el Ministerio Fiscal y las acusaciones particulares este delito que se les imputaba a ambos.

Contra esta sentencia se podrá interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en el plazo de 20 días.

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